"Dad a César..."



Palabra de Dios: “Dinos, pues, qué te parece: ¿Está permitido dar tributo a César, o no? Pero Jesús, conociendo la malicia de ellos, les dijo: -¿Por qué me tentáis, hipócritas? Mostradme la moneda del tributo. Ellos le presentaron un denario. Entonces les preguntó: -¿De quién es esta imagen y la inscripción? Les dijeron: -De César. Y les dijo: -Dad, pues, a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios. Al oirle se maravillaron, y dejándole se fueron” (Mateo 22: 17-22).

La imagen del César estaba en la moneda que le presentaron a Cristo cuando él pidió que le mostraran la moneda del tributo.

La moneda venezolana tiene la imagen de Simón Bolívar, pero el Estado no solo exige el pago de los impuestos, sino cumplir con los deberes patrios.

El Deber esta referido a la palabra obligación, se puede definir como:

El conjunto de obligaciones, ya sea de orden legal, o convencional, que todo ciudadano debe cumplir, y del cumplimiento de estas obligaciones dependerá el funcionamiento de la Sociedad.

A continuación los deberes establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

“Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

“Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.

“Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.

“Artículo 133. Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.

“Artículo 134. Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.

“Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se le asignen de conformidad con la ley.

“Artículo 135. Las obligaciones que correspondan al Estado, conforme a esta Constitución y a la ley, en cumplimiento de los fines del bienestar social general, no excluyen las que, en virtud de la solidaridad y responsabilidad social y asistencia humanitaria, correspondan a los o a las particulares según su capacidad.

“La ley proveerá lo conducente para imponer el cumplimiento de estas obligaciones en los casos en que fuere necesario. Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley”.

Acá cabe perfectamente el llamado de atención que hace la Constitución Nacional referido a la libertad religiosa y a no descuidar los derechos humanos:

“Artículo 59. El Estado garantizará la libertad de religión y de culto. Toda persona tiene derecho a profesar su fe religiosa y cultos y a manifestar sus creencias en privado o en público, mediante la enseñanza u otras prácticas, siempre que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres y al orden público. Se garantiza, así mismo, la independencia y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas, sin más limitaciones que las derivadas de esta Constitución y de la ley. El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones”.

“Nadie podrá invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de la ley ni para impedir a otro u otra el ejercicio de sus derechos”.(El subrayado es nuestro).


NOTICIA IMPORTANTE

"Si usted es enfermero y no quiere prestar servicio militar ni portar un fusil, el Estado no puede obligarlo, pero sí podrá exigirle que preste servicio como profesional cuando lo considere necesario para el desarrollo de la nación. Así quedará establecido en la nueva Ley Conscripción y Alistamiento militar que prepara la Comisión de Seguridad y Defensa de la Asamblea.

"El presidente de la instancia legislativa, Juan Mendoza, explicó que la nueva ley se basa en los artículos 134 y 135 de la Constitución. Precisó que las autoridades de conscripción y alistamiento llevarán el registro de servicio civil; sobre esa base de datos, y de acuerdo con las necesidades del país, los profesionales serían convocados 'no sólo en momentos de contingencia', indicó.

"La prestación del servicio sería gratuita, aunque analizan algunas excepciones. 'Por ejemplo, si la FANB sabe que tiene 5.000 ingenieros desempleados y existe una necesidad de ese perfil profesional en las obras del Metro, los podría convocar y pagarles un sueldo'.(http://www.guia.com.ve/noti/69885/prestar-servicio-civil-sera-obligatorio)

Si de algo nos maravillaremos este día es de la fuerza recaudadora de impuestos que tiene el Estado venezolano y de la inversión social. Veamos la noticia:

"El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) alcanzó una recaudación de 328, 38 millardos de bolívares durante el mes de agosto, lo que representa un cumplimiento del 281,51 por ciento de la meta establecida en 116,64 millardos de bolívares para este periodo.

"La máxima autoridad aduanera y tributaria del país, José David Cabello Rondón, destacó que agosto ha sido el mes con mayor recaudación en lo que va de año, superando incluso lo recaudado en marzo durante la zafra tributaria del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).

"Solo al cierre de este mes el organismo logró ingresar a las arcas nacionales un superávit de 211,73 millardos de bolívares, dinero que será invertido en la continuación y fortalecimiento de los planes sociales que adelanta el Gobierno Nacional en beneficio del pueblo", acotó Cabello Rondón.

"Asimismo, recordó que la recaudación obtenida corresponde al aporte que se da al Tesoro Nacional por concepto de ISLR, Impuesto al Valor Agregado (IVA), impuestos aduaneros y otras rentas internas.

"Respecto a lo ingresado entre los meses de enero a agosto, Cabello Rondón informó que el SENIAT ha recaudado un billón 823 mil millones de bolívares, logrando un cumplimiento del 252 por ciento de la meta estipulada en 723,69 millardos".

¿Qué debemos darle a Dios?

Nuestro Maestro y Señor Jesucristo relató una interesante parábola acerca de lo que pide Dios de nosotros; y lo que pide guarda una estrecha relación con nuestras ofrendas y diezmos. Descubramos en esa parábola que no pide dinero, sino obras humanitarias: "Entonces los justos responderán diciendo: ¿cuándo te vimos hambriento y te sustentamos, o sediento y te dimos de beber? ¿Y cuando te vimos forastero, y te recogimos, o desnudo y te cubrimos? ¿O cuando te vimos enfermo, o en la cárcel, y venimos a ti? Y respondiendo el Rey, les dirá: De cierto os digo que en cuanto lo hicisteis a uno de estos mis hermanos más pequeños, a mí lo hicisteis" (Mateo 25: 37-40).

La Biblia Devocional de Estudio trae un comentario que al leerlo y estudiarlo nos puede despertar: "Deuteronomio 14: 28, 29. El diezmo para los pobres. Cada año los israelitas presentaban un diezmo de sus productos como ofrenda a Dios. Cada tercer año dicho diezmo era distribuido entre los necesitados. Dios aceptaba estas ofrendas hechas a los pobres como una ofrenda hecha a él. El principio detrás de esta práctica fue vigorosamente expresado en una parábola por Jesús (Mateo 25: 31-46), quien dijo: "En cuanto lo hicisteis a uno de estos mis hermanos más pequeños, a mí lo hicisteis".

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